Paralela y paradójicamente, mientras se surtían las negociaciones para que estrellas nacionales del fútbol mundial jugaran en el campeonato colombiano, se recibió la noticia de que ACOLFUTPRO (la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales) se había convertido en un sindicato, había pasado un pliego de peticiones reclamando mejoras en las condiciones laborales de los futbolistas, y hasta habían publicado en medios de comunicación que irían a huelga para suspender el campeonato de clubes nacional.
La noticia se hizo tendencia a raíz de que el Tribunal Superior de Bogotá declaró la ilegalidad del sindicato ACOLFUTPRO, alegando i) que no había acreditado el requisito de pertenencia de 25 miembros a la organización, ii) que no se demostró la voluntad de convertirse en un sindicato, sabiendo que fue originalmente constituida como asociación civil hace más de veinte años, y iii) que no hay futbolistas en los cargos directivos de la asociación. De allí que quedara en entredicho el carácter sindical de la organización y, por ende, del conflicto colectivo
¿Qué podía ser tan relevante como para negarse a jugar y suspender el campeonato? ACOLFUTPRO presentó un pliego de peticiones, que incluía garantías de acceso a salud con planes de medicina prepagada, el desarrollo de un protocolo para atender casos de acoso sexual, mejores condiciones contractuales y salariales para los deportistas, paridad de género, cambios en el código disciplinario del jugador, beneficios económicos por la boletería de partidos de la selección colombiana de fútbol, participación en los derechos televisivos, entre otras, que ya se habían puesto en conocimiento en negociaciones anteriores, sin llegar a acuerdos.
En ese contexto, el 26 de marzo de 2025, día de fecha de clásico capitalino, se agendó la huelga de futbolistas para presionar a las directivas, quienes se escudaban en que no debían sentarse a negociar ni mucho menos aceptar las peticiones, en razón a que los empleadores de los jugadores son los mismos clubes de fútbol y no la Federación Colombiana de Fútbol o la DIMAYOR.

Sin embargo, no es la primera vez que se negocian pliegos de peticiones, pues ACOLFUTPRO, amparado en las decisiones de las Altas Cortes de justicia, ha querido que los futbolistas sean reconocidos como trabajadores con toda la protección que ofrece la legislación laboral, pues actualmente, el Estatuto de Jugador de Fútbol, las reglamentaciones de la FIFA y el Derecho Deportivo priorizan otro tipo de discusiones relacionadas con la reglamentación propia del jugador como deportista, pero no como trabajador.
Por lo anterior, el Ministerio de Trabajo, en aras de evitar la huelga y actuando como autoridad administrativa, optó por facilitar un espacio de diálogo que logró revivir la etapa de arreglo directo, y así evitar que la huelga suspendiera el campeonato, pues a pesar de la decisión judicial, ACOLFUTPRO ya había interpuesto una queja ante el Comité de Libertas Sindical de la OIT en años anteriores, la cual fue resuelta con la expedición de una recomendación para garantizarle a la organización su derecho a la negociación colectiva[1].
En ese escenario, son varios los interrogantes que surgen de la controversia entre las partes:
¿Se le concederá el estatus de sindicato a ACOLFUTPRO? ¿Constituirá un avance en materia laboral colectiva para que otros deportistas afiancen sus derechos a la asociación, negociación y fuero sindical?
¿Las negociaciones actuales terminarán en acuerdos definitivos o se irán a huelga? ¿De ser declarada ilegal la huelga, se despedirán a los jugadores del FPC?
¿Las partes acudirán a un tribunal de arbitramento para resolver sus controversias económicas? ¿Qué pasará con asuntos de carácter jurídico y disciplinario? ¿La decisión de la OIT vincula a las autoridades para reconocer el derecho de negociación de ACOLFUTPRO?
El reconocimiento progresivo de derechos laborales en cabeza de los jugadores de fútbol es una realidad. ¿Este precedente implicará que proyectos futuros de reforma en materia laboral incluyan situaciones especiales para los deportistas?
Todas estas dudas no se resolverán en una sentencia judicial, pero serán parte de una discusión global e histórica sobre los límites a la laboralización de los deportistas y a las pautas de funcionamiento del fútbol colombiano. Esta apreciación es especialmente relevante cuando en los últimos días ha estado en discusión la reforma laboral y su tramitación vía legislativa o vía consulta popular, pues es indispensable que en el proyecto se procure la inclusión de nuevas formas de entender el trabajo, más allá de las visiones tradicionales.